La CNMC audita el cumplimiento de la obligación de financiar películas y series europeas en 2017.

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La LGCA obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas. La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y Competencia) ha comprobado el cumplimiento de la obligación de financiar películas y series europeas en el ejercicio 2017, por parte de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva.

La Ley General de la Comunicación Audiovisual obliga a los prestadores del servicio de comunicación audiovisual o a los operadores de telecomunicaciones que también difundan canales de televisión, a destinar el 5% de sus ingresos de explotación a financiar obras audiovisuales europeas: películas para el cine y la televisión, series, documentales y películas y series de animación. En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, este porcentaje aumenta hasta el 6%.  De las empresas analizadas:

  • 14 han superado la obligación de dedicar el 5% de sus ingresos a la producción de obras audiovisuales: Multicanal, Mediaset, Telefónica, CRTVE, Atresmedia, Orange, Walt Disney, NBC Universal, Ten Media, Veo TV, 13TV, Net TV, Cosmopolitan y Viacom.
  • History Channel no ha alcanzado el umbral mínimo.
  • Rakuten no ha alcanzado el umbral mínimo en dos de las cuatro obligaciones.
  • En el caso de Flooxplay, acumula la obligación de financiación al próximo ejercicio (ya que la cantidad resultante de la obligación es inferior al umbral de 200.000 € fijado en la normativa).

El 60% de la financiación debe destinarse a la producción de películas de cine y, a su vez, el 60% de dicho porcentaje a obras en alguna de las lenguas cooficiales de España. En el caso de que la empresa sea de titularidad pública, estos porcentajes se sitúan en el 75% y 60% respectivamente.

La CNMC es la responsable de controlar el cumplimiento anual de esta obligación para los prestadores de servicios de comunicación audiovisual televisiva de ámbito nacional. Los gobiernos de las Comunidades Autónomas efectúan el mismo control para los prestadores de servicio de comunicación audiovisual televisiva que operan en su respectivo ámbito autonómico.

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