Mediaset España denuncia fraude de Ley de RTVE en la sobrepuja por la Champions y presentará recurso de casación inmediato.

Tras la sentencia de la Audiencia Nacional que archivaba su solicitud de sanción contra RTVE, Mediaset España presentará recurso de casación inmediato a la resolución que desestima su solicitud de intervención contra RTVE por sobrepuja en derechos de los partidos clasificatorios de Liga de Campeones. Para Mediaset aunque el juez afirma que “cabría cuestionarse que RTVE haya presentado una segunda oferta que supondría automáticamente una sobrecotización en perjuicio de un operador privado”, la resolución esgrime finalmente una serie de argumentos contradictorios para fallar a favor del ente público.

«RTVE ha incumplido la prohibición de sobrepujar frente a competidores privados por derechos sobre contenidos, al presentar una segunda oferta por una cifra superior a la de los licitadores iniciales, entre ellos Telecinco», señala el grupo audiovisual en un comunicado. «RTVE Se ha saltado el marco legal a pesar de que los partidos clasificatorios de la Champions no están considerados de interés y a sabiendas incluso de que existían operadores privados de ámbito estatal como Telecinco interesados en adquirir estos derechos». «Con el dinero público estimado invertido en la Champions, RTVE podría ofrecer durante cinco años otros acontecimientos deportivos de carácter minoritario y deporte femenino que sí están considerados de interés general y que, pese a ello, no han sido atendidos por la televisión pública»

Por todo ello Mediaset España ha decidido presentar un recurso de casación inmediato contra la sentencia de la Audiencia Nacional que desestima su solicitud de sanción contra RTVE por su sobrepuja en la adquisición de los derechos de emisión de los partidos clasificatorios de la Liga de Campeones. La compañía considera arbitraria la interpretación de los hechos por parte de la Justicia en esta resolución, que pese a reconocer la existencia de una sobrecotización de RTVE en una segunda puja habiendo operadores privados interesados en la adquisición de dichos derechos (que por otro lado ni siquiera pertenecen al ámbito de los eventos deportivos de interés general) finalmente esgrime una serie de argumentos contradictorios para fallar a su favor, archivando la justa denuncia de Mediaset España.

«Esta confusa y arbitraria interpretación queda de manifiesto en la propia resolución de la SETSI, que si bien admite que “cabría cuestionar que sabiendo que había un operador privado de ámbito estatal como Telecinco interesado en optar a los derechos y que por tanto habría cumplido el objetivo legal de que determinados acontecimientos de interés general se emitan en abierto, la Corporación RTVE haya presentado una segunda oferta, por lo que la segunda oferta ya supondría automáticamente una sobrecotización en perjuicio de un operador privado”, finalmente ha archivado la denuncia argumentando que la Liga de Campeones “es, además de un contenido televisivo de gran valor comercial, un acontecimiento de interés general compatible con la misión de servicio público atribuida a la Corporación RTVE” y que la oferta de RTVE era lícita “siempre que no fuese desproporcionada o no respetase el principio del inversor en la economía de mercado”.

«Una contradicción más, dado que la retransmisión de estos encuentros clasificatorios no son acontecimientos de interés general, ni por tanto compatibles con la misión de servicio público. Sin embargo, sí se consideran de interés general otros acontecimientos deportivos de carácter minoritario que no han sido atendidos por RTVE, vulnerando las obligaciones legales impuestas en su Mandato-Marco de 2007 de atender preferentemente para la divulgación de deportes de participación minoritaria y con participación de la mujer. Una obligación que durante 5 años podría atender sólo con el dinero público estimado invertido para arrebatar a Telecinco los derechos de la Champions».

Este 9 de abril la Audiencia nacional anunciaba que “la Corporación RTVE tiene permitido el acceso a contenidos de alto valor comercial, siempre que los mismos no sean incompatibles con su misión de servicio público” señala la Audiencia Nacional al desestimar en sentencia dictada del pasado 21 de marzo el recurso de Gestevisión Telecinco. Se trata del recurso de Telecinco contra una resolución de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información que archivaba su petición de que RTVE retirase la oferta presentada para la adquisición de los derechos de emisión televisiva de la Liga de Fútbol de Campeones organizada por la UEFA para las temporadas de 2012 a 2015.

La sentencia de la Audiencia Nacional señala que tampoco se prohíbe ‘pujar’ sino solo sobrecotizar o sobrepujar, en el sentido que viene dando la Comisión Europea a este concepto. La sentencia indica que RTVE puede concurrir a la subasta de los derechos del fútbol y que, aunque esta tenga un alto valor comercial, no resulta incompatible con la misión de servicio público, coincidiendo con su alto interés deportivo y su evidente interés para la sociedad.

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