Se inadmite recurso de AVANTE COMUNICACIÓN S.L. al fallo del Concurso de EPICSA de 661.157 euros para Campañas Publicitarias.

Concurso de EPICSA de 661.157 euros para contratación de Agencia Publicitaria para gestión de dos Campañas Publicitarias. Se trata del Levantamiento de suspensión de la licitación del expediente núm 03 2018 “Servicio de contratación de agencia publicitaria para asumir la gestión de dos campañas publicitarias”.

Con fecha de 16 de julio de 2018 se interpuso por parte de la mercantil AVANTE COMUNICACIÓN S.L. Recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Diputación Provincial de Cádiz (recurso nº R017/2018). Ante este hecho con fecha de 19 de julio de 2018 se procedió a suspender automáticamente el procedimiento de contratación del Servicio de contratación de agencia publicitaria para asumir la gestión de dos campañas publicitarias, producida como consecuencia de lo dispuesto en el artículo 53 de la LCSP.

En fecha 31 de julio de 2018 se dictó Resolución por el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Diputación Provincial de Cádiz (Resolución nº R01 R017/2018) por la que se inadmite el recurso especial en materia de contratación interpuesto por Jesús Suso Teixidor en representación de AVANTE COMUNICACIÓN S.L. y se acuerda levantar la suspensión del procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la LCSP. Lo que se publica en cumplimiento del principio de publicidad que rige la contratación del sector público y que resulta de la regulación contenida en de la Ley de Contratos del Sector Público y en sus normas de desarrollo.

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