Autocontrol da la razón a la Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible en su queja contra la publicidad de Trapa

Autocontrol da la razón a la Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible en su queja contra la publicidad de Trapa. Para el Jurado de Autocontrol, el mensaje que se transmite en la publicidad de Trapa es incompatible con tres normas de su Código de Conducta Publicitaria y no se ajusta al principio de veracidad. El dictamen califica la publicidad de Trapa como “engañosa” para el consumidor, así como “denigratoria” para el mercado del aceite de palma.

Autocontrol ha emitido su dictamen y se ha manifestado a favor de la reclamación [1]planteada por la Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible con respecto a la campaña publicitaria ‘Compromiso: Sin aceite de palma’ de Europraliné, S.L. (Chocolates Trapa), en base al Reglamento del Jurado de la Publicidad de la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial.

Tras el análisis de la reclamación de la Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible, el dictamen de Autocontrolafirma que el mensaje que se transmite en la publicidad de Trapa es incompatible con las normas 2, 14 y 21 de su Código de Conducta Publicitaria y califica la publicidad llevada a cabo por Chocolates Trapa como “engañosa”, “denigratoria” e “incompatible con la norma 2 del Código de Autocontrol”, que recoge el principio de legalidad.

Al no ser Chocolates Trapa una empresa socia de Autocontrol, el presente dictamen constituye una opinión no vinculante, sobre la corrección ética y deontológica de la campaña publicitaria en cuestión, emitida por expertos en la materia.

La respuesta de Autocontrol a los argumentos de la Fundación

La Sección Cuarta del Jurado de Autocontrol ha contestado, en la reunión celebrada el día 24 de enero de 2019, a los cuatro argumentos esgrimidos por la Fundación en base a los que calificaba de engañosa la campaña de Chocolates Trapa, de conformidad con la Ley General de Publicidad, la Ley de Competencia Desleal y por extensión con el Código de Conducta Publicitaria de Autocontrol.

  1. La publicidad presenta el aceite de palma como responsable principal y casi exclusivo de la deforestación, mediante afirmaciones categóricas y sin matices. Sin embargo, en el informe en el que se fundamenta (‘Oil palm and biodiversity. A situation analysis by International Union for Conservation of Nature’) se hace constar que existen otros tipos de cultivo con un efecto igualmente negativo para la biodiversidad, no siendo un problema originado exclusivamente por el aceite de palma.“No resulta claro, a la luz del informe, que la eliminación del aceite de palma suponga una solución al problema de la deforestación”, afirma el dictamen deAutocontrol.
  2. La campaña es “engañosa” al calificar como bosque primario la ubicación donde Chocolates Trapa manifiesta haber tomado la fotografía que serviría de base para acreditar las consecuencias de la producción del aceite de palma. Según la información aportada por la Fundación en base al sistema GRAS (Global Risk Assessment Services), y atendiendo a las coordenadas que figuran en la propia publicidad, en realidad no se corresponde con un bosque primario. Respecto a la sostenibilidad de este ingrediente alimentario, “la publicidad resultaría incompatible con el principio de veracidad porque traslada de forma genérica y rotunda un mensaje según el cual el aceite de palma provoca en todo caso deforestación, omitiendo cualquier mención o referencia a la existencia de otras alternativas de cultivo del aceite de palma con un menor impacto medioambiental”, como el aceite de palma sostenible, certificado por sellos y organizaciones independientes.
  3. La alegación incluida en la publicidad transmite al consumidor que los sustitutivos del aceite de palma, en este caso el aceite de girasol y la manteca de cacao, tienen efectos beneficiosos en relación con la salud en general. No obstante,dicha alegación no se acompaña de una declaración de propiedades saludables específica autorizada para dichos nutrientes, tal y como exige el artículo 10.3 del Reglamento (CE) nº 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos. Por consiguiente, la publicidad resultaría en este punto incompatible con la norma 2 del Código de Autocontrol (respeto a la legalidad y a la Constitución)”.
  4. “Tras un detenido análisis de la publicidad objeto del presente procedimiento, se considera que la misma resulta apta para menoscabar o dañar el crédito en el mercado del aceite de palma. A través de alegaciones categóricas, contundentes y sin matices, traslada con claridad dos mensajes: el cultivo de aceite de palma es responsable (exclusivo o principal) de la deforestación; y la supresión del aceite de palma contribuirá a paliar el mencionado problema […] Estos dos mensajes no pueden ser considerados íntegramente verdaderos”.

El presente dictamen expresa el parecer del Jurado de Autocontrol sobre la corrección deontológica de la publicidad sometida a su análisis. El escrito explica que la mayor parte de los dictámenes que emiten son cumplidos de forma voluntaria incluso por aquellas empresas que no tienen la condición de asociadas al sistema. Se tratan de dictámenes que gozan de reconocida fuerza moral derivada “del acreditado y reconocido prestigio de los miembros del Jurado, y del respaldo legal otorgado. […] Con toda probabilidad, es esta misma fuerza moral la que explica también la coincidencia sustancial existente entre los dictámenes y resoluciones del Jurado y las decisiones de Jueces y Tribunales en aquellos casos en los que, de forma consecutiva, los mismos hechos han sido conocidos por éstos”.

La Fundación se felicita de que organismos independientes se expresen tan claramente en favor de la veracidad y la deontología en la comunicación comercial. Es importante no solo a efectos de no confundir al consumidor, sino también para favorecer la lealtad en el mercado.  

 

La Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible colabora con universidades, organizaciones y especialistas en diversos campos como nutrición, toxicología y medio ambiente. Estas voces de referencia sirven como soporte para elaborar y emitir informaciones veraces y rigurosas desde el punto de vista científico. La Fundación Española del Aceite de Palma Sostenible está comprometida con la aportación al consumidor de información veraz, contrastada y con base científica, para evitar confusión a la hora de elegir libremente lo que quiere incluir en su cesta de la compra.

 

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