AUC denuncia impunidad con la que se difunde la publicidad exterior de alcohol en Madrid y critica la actuación de Autocontrol y la Agencia Antidroga de la Comunidad.

AUC denuncia esta impunidad de este tipo de de publicidad en Madrid, critica la actuación de Autocontrol y de la Agencia Antidroga de la Comunidad, y pide una armonización a nivel estatal de la publicidad de bebidas alcohólicas. Para la asociación de Usuarios de la Comunicación, la publicidad exterior de bebidas alcohólicas destiladas (ginebra, ron, whisky, licores), y de las bebidas fermentadas (como la cerveza) cuando éstas superen los veinte grados centesimales, debe ser considerada en la Comunidad de Madrid un supuesto de publicidad ilícita y un acto de competencia desleal, de acuerdo con la legislación estatal y la normativa autonómica en esta materia.

Así se desprende de la sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 11 de Madrid, a raíz de una demanda de la Asociación de Usuarios de la Comunicación contra una publicidad de una marca de ron situada en la vía pública. La sentencia da la razón a AUC que alega que el anuncio no estaba en la vía pública al encontrarse fijado en un solar privado. Según dicha sentencia, sin embargo, lo importante es que el mensaje publicitario estaba orientado hacia la calle y no hacia el interior del solar; invadía “el espacio visual de los viandantes” y, por tanto, se trata de una publicidad claramente dirigida a los que transitan por la vía pública. Por ello exige su retirada y que no se reitere en el futuro.

La Asociación recuerda que ésta no es la primera vez que los tribunales se pronuncian sobre el tema. La sentencia concuerda con la jurisprudencia ya establecida por la Audiencia Provincial de Madrid en 2005 y por el Tribunal Supremo en 2011, de considerar que en Madrid, como en otras Comunidades Autónomas, la publicidad de alcohol de alta graduación en la vía pública está prohibida. En opinión de AUC, la sentencia deja en evidencia la posición adoptada tanto por la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid como por la entidad Autocontrol de la Publicidad, que durante estos años han avalado la licitud de esta publicidad a través de un acuerdo de autorregulación recientemente renovado. Y pone de manifiesto la impunidad con la que vienen anunciándose ese tipo de bebidas alcohólicas desde el año 2005, a pesar de las decenas de de denuncias presentadas por AUC ante la Agencia Antidroga por este motivo sin resultado. En el año 2012 (datos de Infoadex) se identificaron en Madrid 250 anuncios en exterior (vallas, fachadas) de bebidas alcohólicas de alta graduación como ginebra, ron y whisky.

La Asociación de Usuarios de la Comunicación espera que, a partir de ahora, el Gobierno de la Comunidad de Madrid actúe contra esta publicidad prohibida, y pide además una armonización a nivel estatal de la legislación en materia de publicidad de alcohol. De acuerdo con el artículo 5.5 de la Ley General 34/1988, de 12 de noviembre, General de Publicidad, “queda prohibida la publicidad de bebidas alcohólicas en aquellos lugares donde esté prohibida su venta o consumo”. En el mismo sentido, La Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre drogodependencias y otros trastornos adictivos de la Comunidad de Madrid, prohíbe expresamente en su artículo 28.1h) “la publicidad, directa o indirecta, de bebidas alcohólicas en todos los lugares donde esté prohibida su venta, suministro y consumo” salvo en el caso de “bebidas que obtienen su graduación mediante fermentación de la uva, manzana o cereales y cuya graduación no supere los veinte grados centesimales”.

Por su parte, el artículo 30 de esta Ley 5/2002 establece que “No se permitirá la venta ni el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, salvo terrazas, veladores, o en días de feria o fiestas patronales o similares regulados por la correspondiente ordenanza municipal”. De la combinación de los preceptos arriba mencionados, se deriva una clara y terminante prohibición de la publicidad de bebidas alcohólicas en la vía pública en la Comunidad de Madrid para las bebidas destiladas y para las bebidas fermentadas cuya graduación sea e veinte o más grados centesimales.

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