Expediente sancionador de CNMC a Mediaset por extralimitarse en emisión de publicidad

La CNMC abre expediente sancionador a Mediaset por extralimitarse en el tiempo de emisión de publicidad
La posible vulneración de la Ley General de Comunicación Audiovisual afecta a los canales Cuatro, Telecinco y Boing. La CNMC (Comisión Nacional de Mercados y Competencia) ha incoado un expediente sancionador a Mediaset España Comunicación, S.A. por superar los límites de tiempo de emisión dedicados a los mensajes publicitarios, regulados en el artículo 14.1 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).

Este articulado establece el límite de tiempo de emisión de publicidad de mensajes publicitarios y de televenta en 12 minutos por hora natural (“Para el cómputo de esos 12 minutos se tendrá sólo en cuenta el conjunto de los mensajes publicitarios y la televenta, excluyéndose el patrocinio y el emplazamiento. También se excluirá del cómputo la telepromoción cuando el mensaje individual de la telepromoción tenga una duración claramente superior a la de un mensaje publicitario y el conjunto de telepromociones no supere los 36 minutos al día, ni los 3 minutos por hora de reloj”).

Las infracciones detectadas en Mediaset tuvieron lugar entre los meses de mayo y julio en sus canales Cuatro, Telecinco y Boing.

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 3 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC. Las empresas disponen de un plazo de diez días para presentar alegaciones.

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