La CNMC incoa un expediente sacionador a VEO TV por exceso de autopromociones.

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La CNMC ha abierto un expediente sancionador a Veo TV, S.A. por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 13.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA) Dicho artículo establecede que “para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial”.

Se investiga la comisión de tres infracciones leves en su canal DMAX entre marzo y mayo del presente año.

En concreto, se investiga la posible comisión tres infracciones de carácter leve,  que se cometieron en marzo y mayo de este año. Cada una de ellas podría suponer la imposición de una sanción de hasta 100.000 euros, de acuerdo con lo establecido en la LGCA.

La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de tres meses para la instrucción de este expediente y su resolución por parte de la CNMC. Veo TV dispone de un plazo máximo de 15 días para presentar alegaciones.

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