La CNMC inicia expediente a 14 empresas de distribución cinematográfica.

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La CNMC investiga posibles prácticas restrictivas de la competencia por parte de seis grandes distribuidoras cinematográficas, una empresa de medición de audiencias y una empresa proveedora de servicios de despliegue digital a las salas exhibidoras. La Dirección de Competencia de la CNMC ha incoado un expediente sancionador contra 14 empresas por posibles prácticas restrictivas de la competencia en el mercado de distribución cinematográfica.
Tales prácticas consistirían en la concertación entre las grandes distribuidoras y la empresa integradora Ymagis para uniformizar sus políticas comerciales. Así como en el intercambio de información comercialmente sensible entre los grandes distribuidores, con la colaboración de la compañía de medición de audiencias Rentrak, en el mercado español de la distribución cinematográfica.
En concreto las actuaciones se entenderán contra: The Walt Disney Company Iberia, SL y, solidariamente, su matriz británica The Walt Disney Company Limited; Sony Pictures Entertainment Iberia SL. y, solidariamente, su matriz británica Columbia Pictures Corporation LTD; Warner Bros Entertainment España SL. y solidariamente su matriz holandesa Warner Bros Entertainment Nederland BV.; Hispano Foxfilm, SAE; Universal Pictures International Spain SL; Paramount Spain SL. y solidariamente, su matriz británica Paramount  Pictures International  Limited;  Ymagis Spain SL. y solidariamente su matriz francesa, Ymagis SA.; Rentrak Spain SL. y solidariamente su matriz holandesa Rentrak BV.
La motivación del expediente sancionador son posibles prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia (LDC), así como en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Se abre así un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC, sin que la incoación de este expediente prejuzgue el resultado final de la investigación.
Los acuerdos entre competidores constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia. Puede conllevar multas de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras.

La investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de la CNMC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y sobre el correcto funcionamiento de los mercados.

Para ello se cuenta, entre otros instrumentos, con el Programa de Clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten a la CNMC su detección.

Además, la CNMC dispone de una plataforma on-line de colaboración ciudadana  para la detección de cárteles mediante la aportación de información anónima sobre eventuales acuerdos secretos entre empresas competidoras para la fijación de precios u otras condiciones comerciales, el reparto de los mercados o de los clientes, o el reparto fraudulento de las licitaciones públicas o privadas.

Asimismo, se recuerda que la prohibición de contratar establecida en el artículo 71 de la Ley 9/2007 de Contratos del Sector Público para los sancionados por infracción grave en materia de falseamiento de la competencia, recoge en su artículo 72.5 una excepción para las empresas solicitantes de clemencia.

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