La CNMV requiere a televisiones a que emitan espacios de autopromoción o publicidad de teleseries con calificación de edad

Los operadores tienen diez días para cumplir este requerimiento. La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha realizado un requerimiento a las televisiones para que emitan los espacios de autopromoción sobre los actos de difusión, comercialización o publicidad de las teleseries con la calificación de edad que les corresponde (REQ/DTSA/010/16). Los operadores tienen diez días para cumplir este requerimiento.

La CNMC ha podido constatar que, con carácter general, la mayor parte de los prestadores de los servicios de comunicación audiovisual emiten espacios de autopromoción relativos a la comercialización de DVDS y otros soportes de obras audiovisuales (series de televisión) sin insertar ningún indicativo visual que deje clara su calificación por edades.

La Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) determina que los contenidos de estas autopromociones han de estar sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial y, por tanto, han de respetar la normativa que regula la publicidad de las obras audiovisuales. Por su parte, la Ley del Cine dispone que antes de proceder a la comercialización, difusión o publicidad de una película cinematográfica u obra audiovisual por cualquier medio o en cualquier soporte en territorio español, ésta deberá ser calificada por grupos de edades del público al que está destinada. El incumplimiento de este requerimiento podría dar lugar a la apertura de procedimiento sancionador por infracción grave.

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