OCU critica el retraso y las limitaciones a los consumidores en el Roaming

La Comisión Europea hizo público ayer una propuesta para poner fin al Roaming que deberá ahora consensuarse y publicarse el 15 de diciembre de este año como fecha límite. OCU recuerda que el fin de roaming estuvo prevista ya para enero de 2016 y no será hasta Junio de 2017 cuando se implanten la nuevas medidas. Los consumidores europeos aún no pueden hacer un uso normal de su teléfono móvil cuando están viajando, trabajando o desplazado en algún país de la Unión Europea. OCU lleva exigiendo desde mediados del 2015 el fin de roaming a través de su campaña Zero Roaming dirigida al Parlamento Europeo.

La propuesta busca regular lo que es un “uso razonable” o dicho de otro modo, que el consumidor no pueda aprovechar servicios o tarifas más interesantes en otros países, para usarlas regularmente en su país. Por ello, la propuesta inicial establece que siempre que el consumidor no pase más de 30 días seguidos en el extranjero o no acumule más 90 días a lo largo de todo el año, no tendrá ningún recargo en su factura de móvil por roaming.

Para OCU este límite de días supone unas limitaciones excesivas a los consumidores y considera que además dejan fuera a muchas personas que por trabajo o estudios se encuentran desplazados habitualmente en un país de la Unión Europea distinto a su país de origen. Incluso en la previsión que la Comisión ha establecido para aquellos trabajadores transfronterizos no se ha sido más flexible a la hora de ampliar el límite de días, dichos trabajadores deberán conectarse al menos una vez al día a su red nacional para que ese día no les compute en los 30 o 90 días máximos que se establecen.

También se fijan restricciones en cuanto al uso de los dispositivos móviles para aquellos consumidores con tarifas “ilimitadas” o para las conexiones de datos. En estos casos se ha establecido lo que se considera “uso razonable” y se calcula en función del consumo medio de otros clientes con esa misma tarifa, todo lo que el consumidor consuma por encima de dicha tarifa tendrá que soportar gastos adicionales de roaming. OCU considera inadmisible esta excepción ya que no respeta el servicio contratado por el consumidor, si la persona ha contratado una tarifa que le ofrece consumos ilimitados el consumidor debe poder hacer uso de la misma con independencia de los consumos del resto de usuarios de esa misma tarifa. OCU recuerda que algunos operadores como Vodafone ya ofrecen en gran parte de sus tarifas la posibilidad de que la tarifa nacional se aplique en la Unión Europea sin las restricciones que la Comisión desea aplicar ahora.

OCU denuncia la falta de ambición de esta propuesta y las excesivas limitaciones que implican para los consumidores europeos, es un paso atrás en la apertura del mercado único donde se han priorizado los intereses locales de determinados operadores antes que la libertad de los consumidores para contratar sus tarifas con el operador del país que pueda ser más conveniente para su economía o estilo de vida.

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