El TC admite a trámite el recurso del defensor del pueblo contra «spam» electoral

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Este martes se ha admitido a trámite por el Pleno del TC un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo contra el artículo de la nueva Ley de Protección de Datos que permite a los partidos rastrear opiniones y datos personales sobre ideologías políticas de los ciudadanos en Internet. ha decidido este martes por unanimidad admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo contra el artículo del Régimen Electoral General (LREG), conocida como ‘ley de spam electoral’, que permite a los partidos recoger opiniones políticas de usuarios en internet.

Un recurso contra el artículo 58 bis.1 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg).que establece que “la recopilación de datos personales relativos a las opiniones políticas de las personas por partidos políticos -en sus actividades electorales- se encontrará amparada en el interés público únicamente cuando se ofrezcan garantías adecuadas”.

Asimismo, “los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales podrán utilizar datos personales obtenidos en páginas web y otras fuentes de acceso público para la realización de actividades políticas durante el periodo electoral”.

El Defensor del Pueblo considera que este precepto vulnera los artículos 9.3, 16, 18.4, 23.1 y 53.1 de la Constitución.  El Constitucional ha ordenado dar traslado de la demanda y demás actuaciones al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno para que puedan personarse y formular las alegaciones.

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