El Ministerio de Industria, Energía y Turismo pone en marcha el Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, de 75 millones para renovar 75.000 vehículos.

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo pretende impulsar el sector de automoción con el Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente, dotado con 75 millones. El PIVE busca la sustitución de 75.000 vehículos, turismos y comerciales ligeros para favorecer a vehículos con menores consumos. Los beneficiarios (particulares, profesionales, autónomos, microempresas y pymes) obtendrán las ayudas directamente, a la hora de abonar la factura en el concesionario, por una cuantía de 2.000 euros, de los que 1.000 son aportados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y otros 1.000 por el fabricante o importador.

El Programa permitirá el achatarramiento de vehículos con más de 12 años en el caso de turismos y de 10 años de antigüedad en el caso de comerciales ligeros, y su sustitución con modelos de alta eficiencia, de menor consumo de combustible y emisiones de CO2. IDAE estima que el ahorro energético asociado a esta iniciativa rondará los 26,1 millones de litros de combustible al año, equivalente a 166.000 barriles de petróleo, lo que significa un ahorro de 16 millones de euros/año. A ello se suma una disminución de gases de efecto invernadero de 54.000 toneladas de CO2/ año. El programa arranca el día 1 de octubre de 2012 y se prolongará hasta el 31 de marzo de 2013 ó hasta el agotamiento de los fondos.

El sector del transporte en España es el principal consumidor de energía final (37,4% en 2010), así como el principal emisor de gases de efecto invernadero (29,5% del total en el mismo año), enfrentándose a un importante reto en los próximos años para conseguir que nuestro país cumpla con los compromisos internacionales en cuanto a sostenibilidad ambiental y limpieza de aire en las ciudades. El sector se caracteriza, además, por tener una estructura de consumo dominada por productos petrolíferos importados prácticamente en su totalidad, lo que contribuye a nuestra elevada dependencia energética del exterior, próxima al 80%, muy superior a la media europea que es del 54%, con los consecuentes efectos en el déficit exterior y en la inflación. Por otro lado, la considerable caída de ventas de vehículos registrada en España en los últimos años ha provocado un envejecimiento del parque de vehículos de nuestros país que implica que sea menos eficiente y segura y, por tanto, más costosa.

La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de 1.000 euros por vehículo. A esos 1.000 euros se suma el descuento que ha de aplicar el fabricante o importador del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de 1.000 euros.
La cuantía del descuento para el beneficiario será, por tanto, de 2.000 euros como mínimo. Esta ayuda es compatible con otras vigentes siempre y cuando éstas provengan de fondos propios de las Comunidades Autónomas y de fondos europeos.

Los vehículos susceptibles de acogerse al programa podrán ser nuevos o de antigüedad no superior a un año desde su primera matriculación, deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- Vehículos de turismo (categoría M1):
 Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la “Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos” según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.
 Eléctricos puros.
 Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás –GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):
 Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).
 Eléctricos puros.

3.- Es requisito necesario dar de baja definitiva en tráfico, mediante certificado de achatarramiento/destrucción por parte del centro autorizado al efecto, cualquier vehículo de categoría M1 o N1 propiedad del beneficiario, con una antigüedad mínima de doce años (M1) / diez años (N1) desde su primera matriculación.

4.- El precio de los vehículos adquiridos, antes de IVA, no puede ser superior a los 25.000 euros, excepto para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de autonomía extendida.

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